Guia ONCDOFT 360 - Registro Unificado de Sujetos Obligados
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GUÍA 360° - REGISTRO UNIFICADO DE SUJETOS OBLIGADOS ANTE LA ONCDOFT

Prevención y Control de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Proliferación de Armas

Circular ONCDOFT N° 003.2026 | LOCDOFT | Ley de Procedimientos Administrativos | Ecosistema AdaptaPro

✅ Cumplimiento AML ✅ Registro Verificado 📋 Circular 003-2026

1. DEFINICIÓN JURÍDICA

Conceptos Fundamentales del Sistema de Prevención de Lavado de Capitales

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Sujeto Obligado

Persona natural o jurídica que por la naturaleza de sus actividades se encuentra expuesta a un mayor riesgo de ser utilizada para la legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. Debe inscribirse ante el Registro Unificado de la ONCDOFT.

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Registro Unificado de Sujetos Obligados

Sistema desarrollado por la ONCDOFT para llevar el registro y control de personas naturales o jurídicas que por sus actividades están expuestas a mayor riesgo de legitimación de capitales. Brinda herramientas de autogestión, capacitación y permite dinamizar el cumplimiento de obligaciones.

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APNFD (Actividades y Profesiones No Financieras Designadas)

Categoría que incluye agencias inmobiliarias, abogados y contadores independientes que realizan transacciones sobre compra/venta de inmuebles, administración de dinero/valores/activos de clientes, creación y administración de personas jurídicas.

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ONG y OSFL

Organizaciones No Gubernamentales y Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro que recauden y/o desembolsen fondos para el desarrollo de actividades benéficas. Deben registrarse y someterse a debida diligencia sobre origen y destino de fondos.

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Debida Diligencia al Cliente

Obligación asumida mediante declaración jurada en línea al momento de inscripción. Implica determinar el origen y destino de los fondos de los clientes al momento de efectuar la relación, así como otras medidas establecidas en las respectivas normativas.

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ONCDOFT (Órgano Rectores)

Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. Órgano rector en materia de prevención y control de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.

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Certificación de Registro

Documento emitido por la ONCDOFT con vigencia indefinida, condicionada al mantenimiento de la exactitud de los datos. Contiene datos de seguridad para que terceros verifiquen su autenticidad. Prohibida la exigencia de renovaciones periódicas anuales.

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Canales de Atención Digital

La ONCDOFT dispondrá canales de atención personalizada presencial, sistemas de atención preferente y asistencia directa a través de servidores públicos en sedes a nivel nacional, para garantizar que ninguna persona sea excluida por brecha digital, edad o discapacidad.

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Interoperabilidad Institucional

Los órganos y entes de control, colegios profesionales, cámaras y demás entidades públicas coordinarán con la ONCDOFT mediante intercambio directo de información, interconexión de sistemas o consulta en línea de bases de datos para cotejar estatus de sujetos obligados.

2. PIRÁMIDE DE KELSEN

Jerarquía Normativa Venezolana Aplicada a Prevención de Lavado de Capitales

🇨🇴 constitución nacional (crbv)art. 20: derecho a la protección de datos personales y privacidad
📜 leyes orgánicaslocdoft (g.o. 39.912) | ley de procedimientos administrativos (g.o. 2818)
📋 gacetas oficialesg.o. 39.912 (locdoft) | g.o. 2818 (lpa) | g.o. 42.118 (providencia 002-2021)
📋 providencias administrativasprovidencia 002-2021 (g.o. 42.118) | circular oncdoft n° 003.2026
📝 circulares y normas técnicascircular oncdoft dgcj 003-2026 | resolución 0115 (07/10/2024)

Art. 20 CRBV

Toda persona tiene derecho al acceso a los datos personales que sobre ella se encuentren en archivos de entidades públicas o privadas y de solicitar su actualización.

LOCDOFT Art. 5 y 6

Establece las obligaciones de los sujetos obligados: inscripción, debida diligencia, reporte de operaciones sospechosas y mantenimiento de registros.

Principio de Simplicidad

Ley de Celeridad y Optimización de Trámites: la ONCDOFT verificará de oficio las informaciones en bases de datos de otros órganos, sin solicitar copias redundantes.

3. MARCO NORMATIVO APLICADO

Dispositivos Legales Vigentes en la Materia

📕 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (LOCDOFT)

G.O. 39.912 - 30/04/2012

  • Art. 5: Obligación de inscripción ante el Registro Unificado de Sujetos Obligados.
  • Art. 6, Num. 1: Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD).
  • Art. 6, Num. 4: Organizaciones Sin Fines de Lucro (OSFL) y ONG.
  • Art. 6, Num. 10: Obligaciones de debida diligencia al cliente.
  • Art. 35: Bloqueo de legitimación de capitales por fundaciones fachada.

📕 Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LPA)

G.O. 2818 - 01/07/1981

  • Art. 17: Procedimientos administrativos aplicables a la ONCDOFT.
  • Principios de simplicidad, eficacia e interoperabilidad.
  • Notificaciones por vía electrónica o presencial.
  • Lapsos de subsanación: 10 días hábiles para inconsistencias.

📕 Providencia Administrativa 002-2021

G.O. 42.118 - 03/05/2021

  • Establece requisitos y procedimientos de inscripción ante el Registro Unificado.
  • Define categorías de sujetos obligados: APNFD, OSFL, ONG.
  • Establece canales de atención y verificación de datos.

📕 Resolución 0115 - ONCDOFT

G.O. 42.979 - 07/10/2024

  • Nombramiento del Jefe de la ONCDOFT.
  • Designación de GD Santiago León Sandoval Bastardo.
  • Competencias y atribuciones del órgano rector.

📕 Circular ONCDOFT DGCI 003-2026

08/09/2026

  • Normas para el Registro Unificado de Sujetos Obligados.
  • Requisitos de inscripción para personas jurídicas, APNFD, ONG/OSFL.
  • Procedimiento de actualización: 30 días continuos posteriores a cambios.
  • Declaración jurada de debida diligencia al cliente.
  • Deja sin efecto la Circular DGCJ-002-2026 del 01/09/2026.

📕 Ley ONG (G.O. 6.855 - 2024)

  • Transparencia patrimonial sobre donantes y receptores.
  • Obligación de reporte de operaciones sospechosas.
  • Cooperación activa con la ONCDOFT.

4. DOCUMENTO MODELO

Requisitos de Inscripción y Procedimiento ONCDOFT

📋 Modelo A - Requisitos de Inscripción (Persona Jurídica)

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN ANTE EL REGISTRO UNIFICADO DE SUJETOS OBLIGADOS

1. Acta Constitutiva: Inscrita en el Registro Mercantil, con actualizaciones y nombramiento del presidente.
2. Cédula de Identidad: Vigente de los representantes legales y miembros de la Junta Directiva.
3. RIF Vigente: De accionistas y miembros de la Junta Directiva.
4. Poder de Representación: Que faculte al representante legal, debidamente autenticado.
5. Sociedades Mercantiles del Extranjero: Documento de inscripción extranjero + Certificado del Registro Mercantil de Venezuela.
6. Grupo Controlado por Sociedad Matriz: RIF de la matriz + Declaración notarial de entidades miembros + Instrumento público de representación.

📝 Modelo B - Documentos del Oficial de Cumplimiento

DOCUMENTACIÓN DEL OFICIAL O RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO

1. Cédula de Identidad: Vigente del oficial de cumplimiento.
2. Registro de Información Fiscal (RIF): Del oficial de cumplimiento.
3. Constancia de Designación: Emitida por el sujeto obligado para cumplir funciones inherentes al cargo.

📄 Modelo C - Abogados y Contadores Independientes

REQUISITOS PARA PROFESIONALES EN EL LIBRE EJERCICIO

1. Copia de Cédula de Identidad: Vigente.
2. Registro de Información Fiscal (RIF): Vigente.
3. Credencial Profesional: Copia de la credencial emitida por el instituto o colegio correspondiente.
4. Transacciones Aplicables: Compra/venta de inmuebles, administración de dinero/valores/activos, creación y administración de personas jurídicas.

🏢 Modelo D - Organizaciones Sin Fines de Lucro

REQUISITOS PARA ONG Y OSFL

1. Certificación de Formalización: Emitida por el órgano competente en materia de registro público.
2. Declaración Jurada en Línea: Compromiso de debida diligencia al cliente y determinación de origen/destino de fondos.
3. Actividades Aplicables: Recaudación y/o desembolso de fondos para actividades benéficas.

5. PREGUNTAS FRECUENTES

Interrogantes Críticos Resueltos

1. ¿Quiénes son sujetos obligados según la LOCDOFT?

Personas naturales y jurídicas que desempeñan Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD): agencias inmobiliarias, abogados y contadores independientes que realizan transacciones sobre inmuebles, administración de activos y creación de personas jurídicas. También ONG y OSFL que recauden fondos.

2. ¿Cuáles son los requisitos para inscribir una persona jurídica?

Acta Constitutiva inscrita en Registro Mercantil, cédula de identidad vigente de representantes legales y junta directiva, RIF vigente, poder de representación autenticado. Para sociedades extranjeras: documento de inscripción extranjero + certificado del Registro Mercantil de Venezuela.

3. ¿Qué es el Registro Unificado de Sujetos Obligados?

Sistema de la ONCDOFT para registro y control de personas expuestas a mayor riesgo de legitimación de capitales. Ofrece herramientas de autogestión, capacitación y permite dinamizar el cumplimiento de obligaciones AML/CFT.

4. ¿Cuál es la vigencia de la certificación de registro?

Vigencia indefinida, condicionada al mantenimiento de la exactitud de los datos suministrados. Está prohibida la exigencia de renovaciones periódicas anuales cuando no hayan variado los elementos determinantes del estatus legal.

5. ¿En qué plazo debo actualizar mi registro si hay cambios?

Dentro de los 30 días continuos posteriores a cambios en: domicilio, datos de contacto, estructura accionaria, reformas estatutarias, designación de junta directiva, poderes de representación o documentos de identidad.

6. ¿Qué pasa si la inscripción tiene inconsistencias?

La ONCDOFT notificará por vía electrónica o presencial, precisando los aspectos a subsanar dentro de 10 días hábiles. Transcurrido el lapso y subsanado el requerimiento, el órgano rector emitirá pronunciamiento.

7. ¿Qué documentos debe presentar el oficial de cumplimiento?

Cédula de identidad vigente, RIF y constancia de designación por parte del sujeto obligado para cumplir funciones inherentes al cargo de oficial o responsable de cumplimiento.

8. ¿Cómo se realiza la debida diligencia al cliente?

Mediante declaración jurada en línea al momento de inscripción. Implica determinar el origen y destino de los fondos de los clientes al momento de efectuar la relación, conforme a las normativas del sector.

9. ¿Qué hacer si pertenezco a un grupo controlado por sociedad matriz?

Adjuntar: documento oficial con RIF de la sociedad matriz, declaración notarial con razón social de entidades miembros y tipos de relaciones, e instrumento público que justifique representación legal de la matriz.

10. ¿Qué pasa si no actualizo datos relevantes?

La falta de actualización por cambios relevantes será motivo razonable para la suspensión ante el Registro Unificado de Sujetos Obligados.

11. ¿Cómo verifica la ONCDOFT la documentación?

Se articulará de forma inmediata con unidades responsables interinstitucionales de otros órganos y entes de la Administración Pública para confirmar veracidad y validez de documentos en sus bases de datos.

12. ¿Qué canales de atención ofrece la ONCDOFT?

Canales de atención personalizada presencial, sistemas de atención preferente y asistencia directa en sedes a nivel nacional, para garantizar inclusión sin discriminación por brecha digital, edad o discapacidad.

13. ¿Qué órganos cooperan con la ONCDOFT?

Órganos y entes de control, colegios profesionales, cámaras y demás entidades públicas, mediante intercambio directo de información, interconexión de sistemas o consulta en línea de bases de datos.

14. ¿Qué sucede con la Circular DGCJ-002-2026?

Queda sin efecto la Circular DGCJ-002-2026 del 01/09/2026. La Circular ONCDOFT N° 003.2026 la reemplaza y establece las nuevas normas vigentes.

15. ¿Qué plazo tiene la ONCDOFT para validar actualizaciones?

30 días continuos siguientes a la consignación del último requisito. Si presenta inconsistencias, el sujeto obligado deberá subsanarla dentro de 5 días hábiles contados a partir de la notificación.

6. ERRORES COMUNES Y MATRIZ DE RIESGO

Errores Frecuentes en el Cumplimiento ONCDOFT

1

No inscribirse ante el Registro Unificado de Sujetos Obligados.

RIESGO: Incumplimiento de la LOCDOFT Art. 5. Sanciones administrativas y posible suspensión de actividades.

DEBER SER: Realizar inscripción obligatoria ante la ONCDOFT según la Circular 003-2026.

2

No actualizar cambios de datos en el plazo de 30 días.

RIESGO: Suspensión del Registro Unificado por falta de actualización de datos relevantes.

DEBER SER: Actualizar domicilio, estructura accionaria, poderes o documentos de identidad dentro de 30 días continuos.

3

No designar oficial de cumplimiento con documentación completa.

RIESGO: Incumplimiento de obligaciones formales. El oficial es el encargado de realizar la inscripción y debida diligencia.

DEBER SER: Designar oficial con cédula vigente, RIF y constancia de designación del sujeto obligado.

4

No realizar debida diligencia al cliente (declaración jurada).

RIESGO: Incumplimiento de LOCDOFT Art. 6, Num. 10. Exposición a legitimación de capitales.

DEBER SER: Realizar declaración jurada en línea determinando origen y destino de fondos al momento de la relación.

5

No subsanar inconsistencias dentro del plazo de 10 días hábiles.

RIESGO: La ONCDOFT no emitirá pronunciamiento favorable. La inscripción quedará pendiente.

DEBER SER: Atender notificaciones y subsanar documentación dentro del lapso señalado.

6

No Cooperar con la ONCDOFT en la verificación de datos.

RIESGO: Imponderables y exigencias duplicadas. Falta de cooperación institucional.

DEBER SER: Facilitar intercambio de información y consulta en línea de bases de datos.

7

Exigir renovación periódica anual de certificación sin cambios.

RIESGO: Práctica prohibida por la Circular 003-2026. La certificación tiene vigencia indefinida.

DEBER SER: Mantener certificación vigente sin renovaciones innecesarias. Actualizar solo ante cambios relevantes.

8

No reportar operaciones sospechosas a la ONCDOFT.

RIESGO: Incumplimiento de obligaciones AML/CFT. Posible responsabilidad penal y administrativa.

DEBER SER: Implementar mecanismos de detección y reporte oportuno de operaciones inusuales.

9

No mantener actualizados documentos de identidad de representantes.

RIESGO: Inconsistencias en el registro. Posible suspensión por datos no verificables.

DEBER SER: Actualizar cédulas, RIF y credenciales profesionales al momento de cualquier cambio.

10

Utilizar fundaciones u ONG como fachada para legitimación de capitales.

RIESGO: Bloqueo de legitimación de capitales (LOCDOFT Art. 35). Responsabilidad penal agravada.

DEBER SER: Transparencia patrimonial total. No desviar excedentes a fundaciones fachada.

7. RECOMENDACIONES ESTRATÉGICAS

Acciones para Cumplimiento Total ONCDOFT

1. Inscripción Obligatoria

Inscribirse ante el Registro Unificado de Sujetos Obligados de la ONCDOFT conforme a la Circular 003-2026, consignando documentación completa.

2. Designación de Oficial de Cumplimiento

Designar oficial con documentación vigente (cédula, RIF, constancia) encargado de inscripción y debida diligencia.

3. Actualización Periódica de Datos

Actualizar registro dentro de 30 días continuos ante cambios de domicilio, estructura accionaria, poderes o documentos de identidad.

4. Debida Diligencia al Cliente

Implementar declaración jurada en línea determinando origen y destino de fondos al momento de establecer relación comercial.

5. Subsanación Oportuna

Atender notificaciones de la ONCDOFT y subsanar inconsistencias dentro de 10 días hábiles para evitar retrasos.

6. Cooperación Interinstitucional

Facilitar intercambio de información con la ONCDOFT mediante interconexión de sistemas y consulta en línea.

7. Reporte de Operaciones Sospechosas

Implementar mecanismos internos de detección y reporte oportuno de operaciones inusuales a la ONCDOFT.

8. Transparencia ONG/OSFL

No utilizar fundaciones como fachada. Mantener transparencia patrimonial total sobre donantes y receptores.

9. Capacitación Continua

Aprovechar herramientas de autogestión y capacitación que ofrece la ONCDOFT a través del Registro Unificado.

10. Inclusión Digital

Utilizar canales presenciales y de atención preferente si existe brecha digital, edad o discapacidad.

8. GRÁFICOS DE ANÁLISIS

Distribución de Sujetos Obligados y Plazos de Cumplimiento

📊 Distribución de Sujetos Obligados por Categoría

⏱️ Plazos de Cumplimiento (Días)

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