Cashea
Su consulta solicita en la biblioteca empresarial AdaptaPro un desglose integral del funcionamiento de Cashea, abarcando desde la afiliación hasta las implicaciones fiscales y contables, con énfasis específico en los asientos contables de las retenciones de ISLR.
A continuación, se presenta la información detallada basada en las fuentes proporcionadas.
I. Procedimiento de Afiliación del Cliente
Cashea funciona como una plataforma de financiamiento al consumo tipo “compre ahora y pague después” (BNPL). El proceso de afiliación del cliente es el primer paso en el flujo de operación:
Registro: El cliente debe descargar la aplicación de Cashea y registrarse proporcionando sus datos personales.
Evaluación y Asignación: Cashea evalúa el perfil crediticio del cliente.
Límite de Crédito: Una vez evaluado, Cashea asigna un límite de crédito.
Compra: El cliente puede entonces realizar compras en los comercios afiliados dentro de ese límite.
II. Flujo de Transacciones y Proceso de Compra
El flujo de operación garantiza que el comerciante reciba el pago completo de inmediato, mientras que el riesgo de morosidad lo asume Cashea, no el comercio.
Proceso de Compra: El cliente escanea el código QR del comercio y selecciona el producto.
Transferencia: Cashea aprueba la operación y transfiere el monto total al comercio, descontando automáticamente su comisión.
Entrega: El comercio entrega el producto al cliente como si la transacción hubiese sido una venta de contado.
Pago Posterior del Cliente: El cliente realiza los pagos a Cashea en cuotas quincenales, generalmente en 3 partes. Cashea gestiona el cobro directamente desde su plataforma.
Morosidad: Si el cliente se retrasa, Cashea envía recordatorios, bloquea la cuenta para futuras compras y aplica penalidades por mora. Si el cliente no paga, Cashea asume el riesgo financiero y gestiona el cobro, garantizando que el comerciante no pierda dinero.
III. Emisión y Formalidades de Facturas
El uso de Cashea no cambia el sistema de facturación vigente. El comerciante aliado es el responsable de emitir la factura al consumidor.
A. Proceso de Facturación
Momento de Emisión: La factura debe ser emitida por el cajero del comercio aliado una vez que la orden es aprobada y el cliente ha efectuado el pago inicial.
Registro Contable y Fiscal: La factura se registra como una operación de contado. El IVA generado es declarado como débito fiscal en el período correspondiente, y el ingreso forma parte de la base imponible del ISLR.
Modificaciones: Las facturas emitidas no se pueden anular. Para realizar un cambio, el comercio debe generar una nota de crédito.
Corrección de Errores: Si un error en la factura requiere un valor inferior de compra, el cliente debe solicitar una nota de crédito/débito y una nueva factura al comercio. Cashea calculará el ajuste sobre las últimas cuotas, desde la última hacia atrás.
B. Requisitos Formales
Si el comercio utiliza facturación digital, el documento fiscal debe cumplir con los requisitos establecidos por la Providencia SNAT/2024/000102 del SENIAT. Los requisitos incluyen:
Denominación «factura».
Nombre, Razón Social, domicilio fiscal y RIF del Emisor y del Adquiriente.
Descripción y código de la operación y el precio.
Especificación del monto de la base imponible, discriminada por alícuota de impuestos, y el monto total exento o exonerado.
Monto total del Impuesto al Valor Agregado (IVA), discriminando según la alícuota.
Número de control asignado por la imprenta digital autorizada, junto con la razón social y RIF de dicha imprenta.
IV. Aplicación de Retenciones de ISLR (Agente de Retención)
Es importante notar que la obligación de aplicar la Retención de ISLR recae sobre el comercio aliado (actuando como Agente de Retención) al pagar la comisión que cobra Cashea, no sobre el cliente final. La comisión de Cashea promedia entre el 10% y el 15% del monto total de la venta.
La retención debe aplicarse sobre el monto sujeto a retención (base imponible) de la comisión, antes de impuestos.
Clasificación y Alícuotas Aplicables (Persona Jurídica Domiciliada, PJD)
La alícuota depende de cómo se clasifique el servicio BNPL de Cashea a la luz del Decreto 1808:
Clasificación del Servicio Cashea | Alícuota Aplicable | Base Imponible | Fuente (Decreto 1808) |
Comisiones Mercantiles | 5% | 100% | Artículo 9.2.B |
Servicios Generales | 2% | 100% | Artículo 9.11 |
Si el comercio aliado no realiza las retenciones de ISLR correspondientes a la comisión, incurre en un ilícito material, cuya sanción, según el Artículo 115.1 del Código Orgánico Tributario (COT), es del 500% del tributo no retenido.
V. Asientos Contables de la Factura y Retenciones
A. Asiento Contable de la Venta y la Comisión
El ingreso se registra como una venta al contado. La conciliación bancaria reflejará el ingreso neto (monto total de la venta menos la comisión de Cashea).
El asiento contable proporcionado para registrar la venta y la comisión es:
Cuenta | Debe | Haber |
Banco | (Monto recibido neto de la comisión) | |
Comisión Cashea (Gasto) | (Monto de la comisión) | |
Ventas (Ingreso) | (Monto total de la factura) |
Nota: Es crucial que no se crean cuentas por cobrar, ya que el financiamiento y riesgo lo gestiona Cashea.
B. Asientos Contables de las Retenciones ISLR
Aunque las fuentes especifican la obligación fiscal y las alícuotas para la retención de ISLR, no se proporciona explícitamente el asiento contable que registra el pasivo de retención.
Sin embargo, dado que el comercio aliado es el agente de retención y debe registrar la venta y el gasto por la comisión, el asiento debe ajustarse para reconocer el pasivo fiscal de la retención, que posteriormente será pagado al SENIAT.
A continuación, se integra el registro de la Retención de ISLR (Pasivo) al asiento de venta, reflejando que el comerciante ha retenido (no pagado a Cashea) el porcentaje correspondiente de la comisión.
Asiento Contable con Retención de ISLR Integrada:
Cuenta | Debe | Haber |
Banco | (Monto recibido: Venta Total – Comisión Bruta + Retención de ISLR) | |
Comisión Cashea (Gasto) | (Monto de la comisión bruta sujeta a retención) | |
Ventas (Ingreso) | (Monto total de la factura) | |
Retención ISLR por Pagar (Pasivo Fiscal) | (Monto Retenido: 5% o 2% de la Comisión) |
Explicación:
El gasto por la comisión se registra por su monto bruto (100% de la comisión).
El monto recibido en Banco es ligeramente superior al monto recibido en el asiento inicial, ya que el comercio se queda con el monto retenido, el cual debe ser declarado y pagado al SENIAT.
Se crea el pasivo Retención ISLR por Pagar, que representa la obligación del comercio aliado de enterar ese impuesto retenido al Fisco Nacional.
