Libros Mercantiles, Sanciones y Defensa

El riesgo es fiscalizado por múltiples organismos, incluyendo el SENIAT y el SAREN. El incumplimiento de deberes formales, como el atraso superior a un (1) mes en los registros o no mantener los libros en el domicilio tributario, acarrea las sanciones más severas del Código Orgánico Tributario (COT).
 
Estas sanciones incluyen la clausura del establecimiento por cinco (5) a diez (10) días continuos y multas pecuniarias de cien (100) a ciento cincuenta (150) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor. Si la empresa es un Sujeto Pasivo Especial (SPE), estas multas se incrementan en un doscientos por ciento (200%).
 
Para mitigar el riesgo, los libros deben estar físicamente en el domicilio fiscal y ser actualizados sin superar los 30 días de atraso. Ante una fiscalización, la defensa puede ejecutar la regularización inmediata como acción atenuante o impugnar la sanción mediante el Recurso Jerárquico o Contencioso Tributario

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